El comité de Convivencia Social tiene como objetivo principal dialogar con los implicados en cualquier problema buscando siempre la verdad, el cumplimiento de sus deberes, el cambio de actitud, de hábitos, y modales que lesionen la dignidad humana, los bienes de sus compañeros, de la Institución o del medio ambiente.
se reunirá al finalizar cada periodo y cada vez que surja la necesidad de analizar cada una de las situaciones que ameriten estudio para declaraciones de los y las involucradas, investigaciones preliminares, actas de cargos, recibo de descargos de los y las implicadas, estímulos, sanciones, situaciones agravantes, excepciones por motivación y atenuantes de un conflicto determinado.
Los procedimientos de conciliación:
- Cualquiera de las partes de un conflicto podrá solicitar por escrito a la Comisión de Convivencia que sirva como mediador en el conflicto que se ha generado.
- El comité de Convivencia Social en pleno, deberá estudiar todas las peticiones de conciliación que se le hagan, facilitando los elementos necesarios de conciliación.
- Se acordará con los y las interesadas una fecha y una hora para desarrollar la sesión de conciliación.
- De esta reunión se levantará un acta breve que contenga: fecha, hora, personas que asistieron, motivo de conciliación, compromisos y acciones de los y las alumnas en adelante.
- Es responsabilidad de cada una de las personas involucradas, que toda acción derivada del análisis del conflicto sea de carácter pedagógico, es decir, que favorezca el crecimiento personal de los y las estudiantes y de los demás miembros de la comunidad.
- Favorecer y establecer la Primacía de los intereses comunes de la comunidad educativa por encima de patrones particulares.